Desde los humedales

Patricia Kandus


El hashtag #LeyDeHumedalesYa tiene el mérito de visibilizar la preocupación social por estos ambientes y sus funciones, como la de mitigar la crisis socioambiental y climática. Argentina cuenta con mucha legislación ambiental. Una nueva norma debe garantizar la gestión pública de los humedales y los paisajes que los contienen, articular con las preexistentes y sobre todo contribuir a la batalla por la sostenibilidad de la vida en nuestro planeta.

Ambientes tan singulares como pajonales, vegas, mallines, ciénagos, cochas, salinas, bosques de ribera, lagunas someras, praderas inundables, esteros, guajosales, malezales, tembladerales, bañados, cañadas, arroyos (temporarios y permanentes), marismas costeras, turberas, entre muchos otros que resultaban ser ecosistemas marginales, accidentes en las tierras productivas, hoy tienen nombre propio. Se llaman “humedales”.

De manera sorprendente, el tratado ambiental más antiguo que existe se refiere justamente  a los humedales. Es la “Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas”, conocida como Convención Ramsar, firmada allá por 1971 por gobiernos de todo el mundo. 

En 2021, esta Convención informó que si bien estos ecosistemas aún cubren un área global superior a los 15 millones de kilómetros cuadrados -casi dos veces la superficie de Brasil- y están distribuidos a lo largo y ancho del planeta, su superficie disminuye de manera alarmante. Desde 1970 hasta hoy se estiman pérdidas medias del 35% en los lugares donde se cuenta con datos. A su vez, avisa que la calidad de los humedales restantes a escala global continúa deteriorándose. El drenaje, la contaminación, las especies invasoras, el cambio del régimen de flujos de agua, los usos insostenibles, así como el calentamiento global y su cambio climático asociado están entre las causas primarias. 

A pesar de todo esto, se reconocen como vitales las funciones socioecosistémicas de los humedales. Van, por ejemplo, desde la seguridad alimentaria hasta la mitigación del cambio climático, y su valor incluso supera de lejos a los de los ecosistemas terrestres. Por sobre todas las cosas, cuando hablamos de humedales hablamos de agua. Hablamos de ecosistemas que almacenan agua, que nos protegen de tormentas, que retienen sedimentos y nutrientes del agua, que purifican agua, y que gracias a estas propiedades tienen enorme capacidad de capturar carbono y de albergar biodiversidad. 

En 2002 Mark Brinson e Inés  Malvárez, dos referentes del ámbito científico-académico, planteaban que al menos hasta esa época, los humedales de las áreas subtropicales y templadas de nuestro continente se encontraban aún en un relativo buen estado de conservación, comparadas con otras regiones a latitudes semejantes en el hemisferio norte. Estos autores enfatizaban ya la necesidad de fortalecer las políticas de conservación en contraposición con los costos que significan los emprendimientos de restauración una vez que estos ecosistemas se degradan o se pierden.  

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En Argentina, sin embargo, la situación de los humedales es inquietante. No tenemos datos ciertos del área que ocupan porque no contamos con un inventario. Sí tenemos mapas valiosos (MAyDSINTA)  que nos dan ideas sobre su representación en el espacio de estos ecosistemas y que tienen el mérito de ayudarnos a pensar su importancia y trazar estrategias de trabajo. Pero los mapas son modelos con alcances y limitaciones, elaborados a partir de metodologías y supuestos. Serán sin duda un insumo valioso para un futuro inventario.  Pero en el interín, hoy pareciera ser más urgente pensar qué queremos hacer con los humedales y cómo queremos gestionarlos más que detenernos en los mapas o guarismos con que contamos. 

Creo que necesitamos más sensibilidad ambiental, honestidad y solidaridad social y otra racionalidad que amplíe la mirada para pensar una ley de humedales.

Las investigaciones científicas, los estudios de caso, las denuncias de particulares y colectivos sobre el avance inmobiliario (por ejemplo, el de la zona norte bonaerense, localidades neuquinas como San Martín de los Andes, entre otros), la ocurrencia de hechos como los incendios regionales (la planicie aluvial del Paraná transformada en crematorio a cielo abierto en medio de una sequía histórica), los “accidentes” por derrames en la actividad minera y el consumo de grandes volúmenes de agua vinculados a esta actividad en áreas de extrema aridez y el avance sobre las reservas de litio planificado sin una evidente reflexión sobre costos socioambientales y los beneficiados, indican que esta situación es preocupante. 

El intenso y extenso uso de agroquímicos -tóxicos empleados como insumos necesarios del modelo de agricultura industrial hegemónico-, impacta de manera directa no sólo sobre la salud de las poblaciones sino también sobre la biodiversidad y la calidad de las aguas en los humedales. Los trabajos desarrollados en las Universidades Nacionales de La Plata, Buenos Aires, Litoral y San Martín documentan efectos de contaminación en el Río Paraná, el Gualeguay y las lagunas pampeanas. En este mismo sentido, la decisión de ganar tierras productivas a costa de humedales, de la mano de obras hidráulicas con transformación masiva de los paisajes (como las de  Bajos Submeridionales y Depresión del Salado) parecieran denotar que no existe intención alguna de revisar de manera crítica los modos de producción y apropiación de los territorios ni los riesgos sobre la seguridad alimentaria y la salud humana.   

La experiencia  de los bosques alerta aún más la percepción social. Si hay ecosistemas emblemáticos sobre esta tierra son los bosques, reconocidos por su belleza, imponencia y riqueza económica y cultural. En 1998,  cubrían 54,7 millones de hectáreas en Argentina, y desde entonces y hasta 2021 se perdieron  7,3 millones de hectáreas (13%) según datos oficiales. Pero las pérdidas estuvieron particularmente concentradas en el monte chaqueño donde cultura y árbol fueron casi arrasados ante el avance de la agroindustria. Es interesante recordar que la ley de Presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos (Ley 26.331) fue sancionada en 2007, contando ya en 2005 con una primera versión del inventario.

Con estos antecedentes, y el mote de tierras improductivas y fuente de enfermedades y alimañas, los humedales parecen quedar más como producto de la distracción que de alguna intención de conservar nuestro patrimonio natural y cultural. 

Sin embargo, en los paisajes terrestres, áridos y semiáridos de gran parte de nuestro país, los humedales son oasis, y su estado de integridad se transforma en algo así como “ecosistemas indicadores” de la sostenibilidad de las actividades productivas que se desarrollan en la zona circundante. En estos casos las poblaciones humanas viven en ámbitos terrestres, pero usan los humedales para la provisión de agua o por ejemplo para el pastoreo de animales. Son paisajes terrestres con humedales. 

Hacia el noreste, en el valle aluvial del Paraná y su delta, en Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires, en los paisajes de esteros correntinos y en la alternancia de ríos e interfluvios que tributan al Río Paraguay en Chaco y Formosa, los paisajes se extienden como mosaicos de humedales sin solución de continuidad. La gente, a diferencia del caso anterior, desarrolla su vida en (dentro de) los humedales propiamente dichos. Son territorios de difícil acceso, donde los pulsos de alternancia de inundación o anegamiento y seca marcan el ritmo vital del paisaje. Aquí la producción históricamente estaba diversificada, con una variedad muy grande de actividades acopladas a esos ritmos naturales y vinculadas a emprendimientos de escala local y a veces, familiar: la pesca artesanal, la recolección de frutas o junco y la ganadería de islas. Son paisajes de mosaicos de humedales.

Claramente no se trata de no producir, la sola presencia humana transforma. Se trata de pensar cómo producir.

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Si bien la Convención Ramsar entró en vigor en nuestro país por ley nacional en 1991 (Ley 23919), no se tenía real conciencia de qué eran exactamente los llamados “humedales”, porque la definición de la Convención resultaba una enumeración de cosas que tenían como patrón común la inundabilidad o la saturación de agua en el suelo. 

Incluso en el ámbito académico, en la actualidad se siguen clasificando “sistemas terrestres” y “sistemas acuáticos” en una lógica binaria que fuerza simplificaciones. En muchos casos se sigue identificando a los humedales como “transiciones”, ecotonos, sin nombre… y, como es obvio, lo que no se nombra no es importante. 

El hashtag “Ley de humedales ya” tiene el mérito enorme de visibilizar y poner al alcance de un amplio sector de la sociedad la preocupación por estos ecosistemas y sus funciones. Pero no alcanza. Al contrario, muchas veces se reduce la cuestión de los humedales a la problemática de los incendios y se termina pensando que una ley única es solución contundente frente a una crisis ambiental compleja. Si así fuera, Argentina tiene mucha legislación ambiental, incluso en 2020 se modificó la ley de Manejo del Fuego (ahora Ley 27604) para afrontar el descontrol de los incendios. Pero evidentemente parece que cuesta cumplir con las leyes ambientales.  

Pensar en la gestión federal de los humedales articulada de manera nacional y una legislación que regule su uso y conservación va mucho más allá que los incendios.    

Los humedales, “errores” o disidencias de las tierras secas y emblemas de la diversidad biológica, ecológica y cultural, siguen lejos de los guarismos y cabildeos de los tomadores de decisiones “importantes”, globalizantes y geopolíticas.  

La premura de conservar los humedales emerge como ariete de fuerza inusitada en las batallas socioambientales que se libran por la sostenibilidad de la vida, no ya “para” los propios humedales sino “desde” los humedales. Esto es lo que está en juego en la sanción de normativa para su gestión y conservación. 

¿Por qué desde los humedales? Porque convocando a esa larga lista de ambientes desdeñados que hoy se identifican con el nombre propio “Humedal”, se confronta al paradigma hegemónico cultural y ambiental, de carácter binario (tierra-agua, ciudad-campo, rico-pobre, educado-bruto, masculino-femenino, útil-inútil, entre otros) que de manera autoritaria y quizás patriarcal determina lo que sirve y lo que no. 

Desde los humedales porque su propia definición, compleja a primera vista, convoca y obliga a abandonar las viejas y frecuentemente convenientes miradas reduccionistas y sectoriales, ávidas de fragmentar la realidad en su afán de comprensión, pero también de supremacía. Nos invitan a privilegiar el bien común sobre enfoques sectoriales.  

Desde los humedales porque la actual definición de humedal deja a un lado las fisonomías (lo visible en lo inmediato: bosques, pastizales etc.) y en cambio se apoya en las funciones y procesos esenciales de estos ecosistemas para la vida (por ejemplo, a través de retención de agua).  Esta definición invoca a la interdisciplina y convoca al diálogo desde ciencias como la edafología, la geomorfología, la geografía, la hidrología, la biología, la ecología, de manera conjunta y respetuosa de los saberes. También invoca a las ciencias sociales, las invita a comprender los vínculos culturales entre humanos y naturaleza y a acercar miradas más ecocéntricas. También los humedales interpelan a la academia y sus modos, que suele enseñar a ser escuchados, explicar de manera unilateral desde cada especialidad como élites del saber, pero poco parece enseñar a escuchar a les otres, integrar saberes y vivencias locales. 

Desde los humedales también porque el mantenimiento de sus funciones socioecosistémicas depende de la forma en que ocupamos, usamos y desarrollamos las actividades productivas no solo en los propios humedales sino en el paisaje circundante.

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Cuando se habla actualmente de la sanción de una Ley de humedales se habla de una ley de presupuestos mínimos contemplada por el artículo 41 de la Constitución Nacional. Se refiere a toda norma que concede una tutela ambiental uniforme o común para el territorio nacional, y tiene por objeto imponer las condiciones necesarias para asegurar la protección ambiental. 

Pasaron casi diez años desde que se presentó el primer proyecto de ley para la protección de humedales por la senadora por Entre Ríos Elsa Ruiz Díaz. Le siguieron  una larga lista de proyectos, unos copiados de otros y copias a su vez de fragmentos de las leyes de presupuestos mínimos de bosques y de glaciares, sin tomar en cuenta los antecedentes de la aplicación de las mismas. Ninguno tuvo en cuenta el enorme trabajo de conceptualización y la experiencia que fueron ganando diversos técnicos de la gestión pública y la academia en el tema humedales, bajo gobiernos de todos los colores. No se les consultó. 

Queda flotando la sensación de que no hubo aprendizaje alguno. 

Durante el 2020-2021 la Comisión de Ambiente de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Leonardo Grosso, realizó un gran paso. Convocó a organizaciones sociales, investigadores y técnicos de la gestión a generar un texto que fuera consensuado a partir del articulado ya definido en los proyectos de ley presentados anteriormente. Se analizaron artículos y se sumaron grandes avances conceptuales en los contenidos. Se incluyó un programa de humedales de alcance nacional y se entendió al inventario como un insumo técnico para el ordenamiento ambiental del territorio definido en la Ley general del Ambiente (Ley 25.675). De esta manera se eliminó la idea del ordenamiento del ecosistema, concepto arrastrado de la ley de bosques y absolutamente inapropiado en el caso de los humedales. 

Sin embargo, los tiempos políticos hicieron que gran parte de los artículos no se pudieran revisar y ni siquiera se pudiera hacer una lectura crítica y reflexiva del conjunto de estos y compararlos con otras normativas vigentes. En ese consenso no participaron ni los productores (a quienes entiendo se invitó) ni el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA), que es el ámbito de concertación de políticas ambientales, en el cual los representantes de las diversas jurisdicciones se expiden a través de acuerdos y normas como Resoluciones y Recomendaciones, consensuadas, acordadas y suscritas en el marco de las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.

Hace pocos meses, el COFEMA (del que participa el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación (MAyDS) revisó el proyecto mencionado a la luz de su experiencia de gestión y elaboró otro proyecto. Cada jurisdicción intervino expresando sus propias miradas e intereses en función de obtener un proyecto con foco en la  gestión ambiental de los humedales tomando en cuenta los intereses de la producción y de la conservación de los mismos, el cual fue aprobado por consenso a través de una resolución de la institución. 

De manera incomprensible, este proyecto de ley no fue presentado en el Parlamento, perdiendo la oportunidad de llevar a debates de fondo en la cuestión de los humedales. 

En cambio, entre los  proyectos variopintos  que ingresaron durante este 2022 sobresale uno de los últimos  presentado en septiembre (Ximena Gacía y Maximiliano Ferraro), el cual  de manera prolija y pragmática vuelve a hacer énfasis en los humedales como proveedores de “bienes y servicios” e invoca también el “ordenamiento por ecosistema”. Estos conceptos, de manera conjunta con el de pago a privados por cuidados de los humedales, hace este proyecto de norma a la medida del agronegocio.

Tal cual están las cosas hoy, el debate sobre el destino de los humedales y su gestión se reduce a los intercambios de figuritas en la redacción de un articulado de la ley que se transforma en un “toma y daca” muy alejado de la idea del bien común, y forzado y condicionado desde el sector de las ONGs ambientalistas y los intereses económicos concentrados. El agronegocio, la minería del litio y los desarrolladores inmobiliarios no están dispuestos a ser sujetos de regulación alguna. Las ONGs parecieran obrar desde la desesperación. Toda la experiencia de la gestión y los desarrollos del conocimiento quedan desdibujados a merced de una suerte de analfabetismo ambiental de una buena parte de la clase política junto con personalismos y los más mezquinos intereses del poder económico.  Aún más, en muchos casos la posición de algunas provincias retrotrae más al concepto de balcanización del estado nacional en relación a la gestión ambiental que a un auténtico espíritu federal. La gente queda en el medio. A pesar de todo esto, las luchas socioambientales en general y desde los humedales en particular, como metáfora y como acción, seguirán siendo inspiración de trabajo para muchos y muchas que seguimos soñando siempre lo mismo (y no estamos locos/as), simplemente y de manera esperanzada un mundo más justo, más solidario y respetuoso de la vida. 

Si habrá ley, ojalá prime en su elaboración una racionalidad sensible con la problemática de los humedales que facilite su gestión socioambiental para el bien común.  

La obra de Mónica Girón que ilustra este ensayo puede verse hasta febrero de 2023 en el Museo de Arte Moderno de Buenos Aires.

- Patricia Kandus, Doctora en Ciencias Biológicas (FCEyN-UBA). Profesora asociada e investigadora en el  3iA, EHS-UNSAM.

 

Revista Anfibia - 30 de septiembre de 2022

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