Crónica de un sobreseimiento anunciado

Darío Balvidares


Fallaron el sobreseimiento de Mauricio Macri, los jueces Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, a cargo de la Sala I de la Cámara Federal porteña, donde fue llevada la causa, previo pase del Juzgado Federal de Dolores al despacho del juez Julián Ercolini.

En el día de ayer la  Sala I de la Cámara que componen los irregulares nombramientos de Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi hizo uso de su inquebrantable parcialidad y servilismo, junto al otro par, Mariano Llorens, dictaron la revocación del procesamiento y consecuente sobreseimiento del ex Presidente, Mauricio Macri, en la causa de espionaje a los familiares de las víctimas del submarino ARA San Juan.

Unos meses atrás esos magistrados habían sido recusados por la querella mayoritaria que lleva a adelante la abogada Valeria Carreras por considerar que son jueces afines al macrismo.

La representante de los familiares había argumentado en su presentación de apartamiento de dichos jueces que: “No puede soslayarse que sin necesidad de prueba alguna sobre los dichos que sostengo como causales de recusación, ambos magistrados recusados recibieron beneficios (nombramiento por decreto) por parte del hoy procesado apelante e incidentista Mauricio Macri, ex Presidente de la Nación”.

Sin embargo, a fines de marzo del corriente año, desde la Sala II, el juez Martín Irurzun, el creador de la procaz doctrina que lleva su apellido, como era de esperar, no hizo lugar al pedido de recusación de los jueces de la Sala I, argumentando que  “carece de relación directa o indirecta con el ejercicio imparcial de la tarea que les cabe en la presente“; en referencia a lo expresado por Carreras.

Irurzun había dictaminado que los argumentos de la querella que representa a los familiares “no configuran motivos que lleven al apartamiento de los jueces que fueron sorteados para intervenir”.

Parece ser que las irregularidades terminan siendo la jurisprudencia sobre la que se construyen los fallos y decisiones de todos los hombres del ex Presidente.

Según estos jueces de la Cámara Federal de Apelaciones y sus particulares subjetividades, concluyeron “…que no se cometió delito alguno en la producción de informes de inteligencia en los que se incluyó información de los familiares de las víctimas del submarino que se hundió en 2017 y afirmaron que “existe suficiencia probatoria para afirmar que las actividades desplegadas tuvieron como único objetivo la seguridad presidencial y/o la seguridad interior, y por esa razón se encuentran justificadas”.

La propia Corte Suprema se había expedido en el caso de Bertuzzi y Bruglia, por haber sido designados por decreto de Macri en cargos que nunca deberían haber ocupado y que según la Corte, no ocuparán, aunque la decisión de removerlos se efectuará cuando se realice el concurso.

En definitiva, la Corte reconoce que no tienen competencia para usufructuar esos cargos, aunque se les permite por decisión cortesana, que el humilde mortal, como quien escribe esta nota, no le encuentra lógica jurídica, ni administrativa.

En una conclusión racional, ninguno de los tres jueces debería decidir la apelación por el desprocesamiento de Mauricio Macri y mucho menos fallar su sobreseimiento, por su relación de personal dependencia.

Recordemos que Mariano Llorens también está denunciado por jugar al tenis con el entonces Presidente en la quinta de Olivos mientras el propio magistrado firmaba los fallos de las causas en favor del interés gubernamental de entonces; además de haber sido, junto a Bertuzzi, autores del fallo de “cuentapropismo” (de los espías) en la otra causa por espionaje a los presos políticos.

Frente al “anunciado” fallo los familiares de las víctimas dijeron: “Lo vivimos con decepción. Es un golpe judicial que nos lleva a revivir la sensación ante cada parte diario falso, cada reunión con autoridades nacionales y cada falsa promesa” durante la búsqueda en 2017, señaló un comunicado de la querella firmado por las abogadas Valeria Carreras y Lorena Arias, representantes de las familias de tripulantes del ARA San Juan.

También el otro querellante, Luís Tagliapietra, manifestó la decisión de apelar este fallo ante la Corte Suprema y Cámara de Casación.

De todas formas, la impunidad no ha ganado todas las batallas, porque hay investigaciones avanzadas en lo que es una causa muy compleja, como ya lo hemos definido en otras notas en tramas.

En el procesamiento dictado en su momento por el juez federal de Dolores, Martín Bava, en esta causa porespionaje ilegal, no parece ser que la actividad desplegada por los servicios de inteligencia responda simplemente a la “seguridad presidencial”, como lo dice el actual fallo de sobreseimiento y mucho menos a la posibilidad de algún tipo de alteración de la “seguridad interior”. Acaso un argumento perverso, que estaría aludiendo a algún tipo de “complot” de los familiares de las 44 víctimas del hundimiento del submarino.

En aquel fallo de procesamiento, Martín Bava dictaminó:  “DICTAR EL PROCESAMIENTO SIN PRISIÓN PREVENTIVA de Mauricio Macri, de demás datos personales obrantes en el encabezado de la presente, por encontrarlos prima facie penalmente responsables del delito de realización de acciones de inteligencia prohibidas en carácter de autor, en virtud de haber posibilitado la producción de tareas de inteligencia ilegal, generado las condiciones para que se pudieran llevar a cabo, almacenado y utilizado datos sobre personas, por el solo hecho de sus acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales o comunitarias, y por la actividad lícita que desarrollaban, así como en virtud de haber pretendido influir en la situación institucional y política del país, en la vida interna de los partidos políticos, en asociaciones y agrupaciones legales de cualquier tipo y en las personas; en concurso ideal con el delito de abuso de autoridad de funcionario público en carácter de autor…

Pero para todos los amigos del ex Presidente, las tareas de inteligencia no vulneraron a nadie y fueron perfectamente lícitas. Tanto que en el mismo fallo también sobreseyeron a Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, ambos ex directores de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), así como a ocho ex funcionarios y agentes de la central AFI de Mar del Plata. Porque para Llorens, Bertuzzi y Bruglia en un contexto infundado de posible “inseguridad” presidencial o interior, lo normal es espiar a los familiares de las víctimas, sacarles fotos, hacerles seguimientos, inmiscuirse en sus redes sociales, escucharles los teléfonos, infiltrar espías en sus reuniones y con todo eso producir informes. Práctica propia de los resabios del Estado terrorista. ¡Ya lo vivimos!

No todo está perdido, todavía quedan otras causas abiertas sobre la muertes en el ARA San Juan, en las que la partida se complica fuera de la burbuja de Comodoro Py; el hundimiento y el encubrimiento.

Hundimiento

Funcionamiento defectuoso del snorkely la válvula E19, que presuntamente fue el factor determinante, según lo planteado por el fallecido comandante Pedro Fernández. En relación con esto es la averiguación sobre qué ejercicios estaba realizando el submarino.

El Tribunal Federal de Comodoro Rivadavia, integrado por Javier Leal de Ibarra, Aldo Suarez y Hebe Corchuelo de Huberman, ordena que se indague y acredite en el expediente, el conocimiento que tenía el entonces Ministro de Defensa, Oscar Aguad; al igual que el ex Presidente, Mauricio Macri “sobre la realización del ejercicio naval, de la importante envergadura que significaba el que puso en marcha la Orden COAA 14/17; como asimismo las constancias que den cuenta de los recortes presupuestarios que afectaban a las fuerzas armadas y en particular a los buques que participaban del mismo”.

Y agregan que: “Del mismo modo, no se ha indagado sobre las autorizaciones ministeriales, asignaciones presupuestarias, si ha mediado una política de ajuste y qué incidencia pudieron tener en la calidad, frecuencia y eficiencia de las tareas de mantenimiento, empezando por la reparación de ´media vida´ como relevante para el estado de alistamiento que presentaba el SUSJ en octubre y noviembre de 2017”.

Estas razones impiden -al menos en este estado del proceso- descartar definitivamente, que el Ejecutivo Nacional por vía del Ministerio de Defensa y a través de sus secretarías de Estado respectivas, no tuviera participación alguna en los hechos que se investigan”, concluyeron los jueces, a la vez que en el mismo sentido  vincularon al ex jefe de la Armada, vicealmirante Marcelo Srur.

Encubrimiento

El ex comandante del buque Cabo de Hornos de la Armada chilena, César Miranda, había pasado la información de la localización del naufragio, 11 días después de su desaparición, lo que queda confirmado cuando “la localización que realiza, efectivamente, el Ocean Infinity, es la misma”, dijo Miranda al diario El Mercurio.

La información del ex capitán chileno quedó confirmada cuando el entonces contraalmirante de la Armada Argentina, Enrique López Mazzeo, declaraba ante la misma Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, que el buque Cabo de Hornos había dado con la ubicación del San Juan 20 días después de su desaparición.

El ex Presidente ante el sobreseimiento en la causa por espionaje ilegal escribió en su cuenta de twitter: “Ganó la verdad. La verdad aún puede ganar en la Argentina…

Tal vez tenga razón en la segunda parte del enunciado: la verdad aún puede ganar en la Argentina. Cuando la justicia deje de estar en manos de advenedizos y la política de los cínicos sea revocada por la participación popular.

 

tramas - 16 de julio de 2022

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