Amparo judicial a los docentes

A continuación compartimos el fallo completo que firma la magistrada Dora Eva Temis, el cual sostiene que la Ley de Educación Nacional ordena al Gobierno a implementar la partida presupuestaria para cumplir con el objetivo de la educación pública y convocar así a una paritaria nacional al quinto día de la presente orden judicial.

Por recibido. Tiénese presente la opinión del Sr. Representante del Ministerio Público.

La parte actora acciona con fundamento en lo dispuesto por la legislación vigente en la materia, conformada por la Constitución Nacional, los Pactos y Convenciones Internacionales ratificados por nuestro país e incorporados a la Constitución Nacional con la reforma del año 1994, en especial los Convenios de la OIT, y ley 23.551 y....Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, Derecho de Justicia", Art. 2 del “Pacto de los Derechos Civiles y Políticos", Art. 8 de la “Declaración Universal de Derechos Humanos", todos estos con jerarquía constitucional por disposición del Art. 75 Inc. 22 de nuestra Carta Magna. Además de la doctrina y jurisprudencia aplicable al caso y demás normativa que resulte de aplicación...".

Sostiene que promueve AMPARO SINDICAL en los términos del artícqu 47 de la ley 23.551, a los efectos que cesen la conducta antisindical y la afectación del derecho constitucional a la negociación colectiva, Que dimana de la previsión de la ley 26.075 artículo 10 y decreto 457/2007 llevado adelante por el ESTADO NACIONAL a través de su MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES DE LA NACIÓN, y la autoridad de aplicación de la norma MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION. Que tiene legitimación en representación de sus afiliados de conformidad con lo dispuesto por los arts. 4. 5, 6, 31 y 47 de la Ley 23.551. Que integra la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el sector docente, desde el año 2007, como miembro paritario titular, representando al sector de trabajadores, junto con cuatro organizaciones, la CEA, el SADOP, la CTERA y la AMET. Que esta Comisión Negociadora se integra asimismo con representantes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, como autoridad de aplicación, y miembros de su gabinete y por el sector del ESTADO EMPLEADOR, el Ministerio de Educación y Deportes, representado por su titular Analista de Sistemas Esteban Bullrich, y miembros de su gabinete o designados por este, integra esta comisión negociadora, representantes del consejo federal de Educación, representados regularmente por Ministros de Educación de las Provincias y por su Secretario ad-litem.

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5 de abril de 2017

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