Ley de Educación Nacional

[b]ARTÍCULO 1°[/b].- La presente ley regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender consagrado por el artículo 14 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella, conforme con las atribuciones conferidas al Honorable Congreso de la Nación en el artículo 75, incisos 17, 18 y 19, y de acuerdo con los principios que allí se establecen y los que en esta ley se determinan. [size=xx-small][b]Artículos relacionados:[/b] .La Educación al servicio del mercado .Reflexiones sobre la UBA ."El capitalismo no es moral o inmoral: es, simplemente, amoral"[/size]

Fuente: [color=336600]Anred.org[/color]

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