Anuncio del proyecto de ley de pago soberano local de la deuda externa.
Muy buenas noches a todos y a todas; una vez más me dirijo, por este medio, a todos mis compatriotas, para abordar un tema histórico, complejo y que nos atañe no solamente a todos los argentinos, sino fundamentalmente a los argentinos del futuro, pero también tiene una historia, que comenzó en 1976, cuando el monto total de la deuda externa, al momento de producirse el derrocamiento del gobierno constitucional, ascendía solamente a 8.000 millones de dólares. A partir de aquel golpe de Estado y a partir de los sucesivos gobiernos democráticos también, desde el 10 de diciembre de 1983, en adelante, esa deuda externa fue creciendo exponencialmente y convirtiéndose en una condicionante severo, crítico del crecimiento argentino, del desarrollo argentino y de las posibilidades de nuestro país como Nación.
Las razones de los cambios
1 ¿Qué propone el proyecto de ley impulsado por el Gobierno?
La ley busca garantizar que los tenedores de bonos de los canjes de 2005 y 2010, perjudicados por las decisiones del sistema judicial de Estados Unidos, reciban sus fondos sin inconvenientes. Propone, para eso, dos cambios en el mecanismo de pago de los títulos. Remover al Bank of New York Mellon (BoNY) como agente fiduciario frente a su incapacidad para cumplir con las obligaciones contractuales y designar como nuevo pagador a Nación Fideicomisos. El segundo punto es habilitar el canje voluntario de los bonos reestructurados regidos por leyes extranjeras por otros con idénticas condiciones de rentabilidad y plazos pero bajo legislación argentina. Ambos cambios están contemplados en el contrato que regula el funcionamiento de los títulos públicos. Representan una estrategia activa, agresiva y consistente que no tiene garantizado el éxito. Como el objetivo es lograr una solución viable para el ciento por ciento de los acreedores, la iniciativa contempla que, a partir del próximo vencimiento, se depositarán en la cuenta del nuevo fiduciario los pagos correspondientes al 7,6 por ciento de buitres y holdouts que todavía no ingresaron al canje, quienes podrán acceder a esos fondos si aceptan cambiar los bonos en default desde 2002 por los de la reestructuración de la deuda.
2 ¿Por qué se reactivó el canje por bonos con ley local?
Cuando la Corte Suprema de Estados Unidos confirmó la sentencia de Griesa en favor de los fondos buitre, el ministro de Economía, Axel Kicillof, anunció que el país ofrecería la posibilidad de modificar el lugar donde los acreedores cobran los vencimientos de los títulos públicos. La iniciativa de mediados de junio fue relegada a un segundo plano mientras se buscó una salida negociada para pagarles a los buitres sin violar las condiciones pactadas con el 92,4 por ciento de los acreedores del canje y frustrar el costoso proceso de reestructuración de la deuda. La imposibilidad para hallar esa solución y la continuidad del bloqueo a la transferencia de los fondos correspondientes a los pagos de intereses de bonos con ley foránea reactivaron la hoja de ruta original.
3 ¿Cómo se implementa el cambio de legislación?
La deuda emitida bajo legislación extranjera plausible de cambio asciende a 28.000 millones de dólares, alrededor del 14 por ciento del stock de pasivos externos. Cambiar esos bonos por otros en idénticas condiciones financieras con ley argentina es un procedimiento técnico voluntario que puede ser realizado individualmente. Además, el proyecto de ley deja abierta la puerta a que los bonistas soliciten en forma colectiva la legislación y jurisdicción aplicables a los títulos. Si los inversores con bonos argentinos optan por esa vía y alcanzan una adhesión del 66 por ciento de todos los bonistas, el cambio en las condiciones de los bonos sería extensivo a la totalidad de los tenedores. El Gobierno no ha conseguido hasta el momento activar esa posibilidad y no parece sencillo que lo logre.
4 ¿Cómo se desplaza al agente pagador?
La cláusula 5.9 del Trust of Indeture a la que recurre Argentina habilita al país y a los bonistas a cambiar al fiduciario en determinados escenarios (incluso el pagador puede renunciar). En este caso se trata de la incapacidad para actuar. El reemplazo del BoNY por Nación Fideicomisos tiene como fin que la cadena de pagos sea estrictamente local, sin intervención de entidades financieras expuestas a las decisiones extravagantes de jueces estadounidenses. Pero cambiar al fiduciario no es un proceso inmediato. Suponiendo que el banco neoyorquino no oponga resistencia a ser desplazado y pierda su negocio, todavía resta sortear el impedimento que recae sobre esa entidad para colaborar con Argentina al momento de suministrarle la información de los acreedores. “El contrato dice que ante un impedimento en el cobro por parte de los acreedores se puede modificar el canal de pago. Por eso, el Gobierno presenta al Parlamento un canal de pago a salvo de obstrucciones”, sostuvo Kicillof.
5 ¿Nación Fideicomisos cumple con las condiciones para reemplazar al BoNY?
El contrato es preciso: el agente fiduciario debe contar con una capitalización de 500 millones de dólares y tener su oficina corporativa de fideicomisos en Nueva York. Nación Fideicomisos, subsidiaria del Banco Nación, cumple sólo con el primer requisito. La entidad no está autorizada a operar en Estados Unidos como agente pagador de vencimientos de deuda. Sin embargo, no se pretende lograr esa habilitación ya que, si la tuviera, los pagos no estarían protegidos de las erráticas decisiones de Griesa y otros jueces permeables a los reclamos buitres. Los asesores legales del ministro Kicillof interpretan que en ese escenario se impone la filosofía de fondo del contrato: garantizar que los acreedores cobren. Si Argentina deposita el 30 de septiembre los vencimientos del Par en las cuentas que tiene el actual fiduciario en el Banco Central, casi con seguridad los dólares y euros no llegarían a sus propietarios. Frente a esa “situación de fuerza mayor” se justificaría el intento de cambio.
6 ¿Qué sucede si los bonistas no aceptan ese cambio?
Desde un importante fondo de inversión extranjero con oficinas en Nueva York afirmaron ayer a este diario que no se oponen al reemplazo del fiduciario y señalaron incluso que están dispuestos a aceptar el canje de bonos por otros con ley local. Sin embargo, la posibilidad no será compulsiva. Como indica el contrato y enfatiza el proyecto de ley, los bonistas también pueden designar un fiduciario que “garantice el canal de cobro”. Tampoco se puede descartar que, por razones estatutarias, financieras, políticas, alguno de los fondos de riesgo con bonos argentinos rechace esa propuesta. Si no acceden y mantienen los títulos, podrían convertirse en holdouts de segunda generación. Otra posibilidad pesimista es que se reúna el 25 por ciento de los acreedores y frente al incumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato reclamen la aceleración de los pagos, lo que abriría un intenso proceso de demandas cruzadas. La confirmación de ese reclamo implicaría que el país debe cancelar de una vez todo lo adeudado en materia de capitales e intereses hasta el vencimiento definitivo de los títulos.
7 ¿Hay alguna alternativa?
Sí. Se podrían modificar las condiciones dispuestas en el contrato para ser agente pagador (ítem 5.8), eliminando el requerimiento de que tenga una oficina en Nueva York. De esa forma, Nación Fideicomisos sería elegible. Para lograrlo se debería convocar a una asamblea de bonistas y conseguir el apoyo del 66 por ciento de los presentes. La posibilidad no fue explicitada por el Palacio de Hacienda, pero el proyecto de ley es lo suficientemente ambiguo para dejar abierta esa vía.
1 ¿Cuándo se implementarán los cambios?
El Palacio de Hacienda pretende que el proyecto reciba la aprobación del Congreso antes del 30 de septiembre. En esa fecha, Argentina debe realizar el próximo desembolso correspondiente a intereses de los bonos Par. Cuando la ley esté vigente, Argentina reclamará al BoNY que transfiera al nuevo pagador los 539 millones de dólares retenidos en sus cuentas. Cuanto antes finalice el debate legislativo, mayor será el tiempo disponible para que el país avance con el proceso de remoción del BoNY.
Stiglitz, de acuerdo con cambiar el agente de pago
El premio Nobel de Economía consideró que el proyecto de ley que el Poder Ejecutivo envió al Congreso "es una buena decisión" porque le da a los tenedores de bonos la libertad de cambiar sus activos. "Es lo que yo hubiera recomendado", subrayó Joseph Stiglitz, quien además criticó el esquema jurídico por el cual "un juez llega a tener el derecho de juzgar acerca de cualquier bono en el mundo".
En declaraciones a Ámbito Financiero, Stiglitz consideró que la iniciativa de cambiar por ley el agente de pago de deuda para garantizarle a los bonistas que entraron en los canjes de 2005 y 2010 el cobro de los depósitos del Estado argentino sería una de las soluciones "desde el punto de vista económico". "Si tengo una activo y lo quiero cambiar voluntariamente por otro, no veo la razón de por qué no. Es la base de la economía", añadió.
Por otro lado, opinó que "desde una perspectiva global, no es posible entender por qué un juez llega a tener el derecho de juzgar acerca de cualquier bono en el mundo. La extraterritorialidad debería ser inaceptable", manifestó en forma enfática.
Consultado sobre las consecuencias económicas que podría provocar el cambio de jurisdicción, Stiglitz respondió: "No puedo opinar sobre qué ocurrirá con los puntos legales porque no soy experto. Pero desde una perspectiva histórica, a los mercados les interesa una sola cosa: la habilidad de repagar la deuda”.
“En general, luego de una reestructuración como la de Rusia o Grecia, es posible volver a los mercados internacionales de manera bastante rápida, generalmente en dos años", señaló, y agregó que "es por eso que esta decisión no provocará efectos adversos para el país, en el sentido de conseguir financiación en los mercados internacionales. La Argentina ha demostrado en los últimos años la voluntad y capacidad de pago".
Finalmente, el economista insistió en remarcar la necesidad de crear una organización global para encontrar soluciones a los problemas de reestructuraciones de deuda. "El problema es el mientras tanto. Existe un gran consenso entre expertos de que debe existir, y más aún luego de casos como éste", concluyó.
Principios
“Estos son mis principios. Si no les gustan, tengo otros.” La frase, que se atribuye al comediante Groucho Marx, bien podría atribuirse al grueso de quienes criticaron la estrategia oficial frente al insólito fallo convalidado por las tres instancias del Poder Judicial estadounidense. Hasta ayer nomás el principio era el respeto irrestricto a la decisión de un poder extranjero, “al que el país se sometió voluntariamente”, sin importar la racionalidad intrínseca de dicha decisión. Además del oportunismo antigubernamental, se ejercía así un seguidismo acrítico de la gran prensa de los países centrales, reproductora de los valores y visiones del poder financiero.
No es un default II
La Argentina no declaró el default de su deuda y, por lo tanto, no está en default. Para comprobarlo es necesario leer el contenido y el espíritu de las condiciones establecidas en el contrato (indenture) del prospecto de la emisión de los bonos del canje de deuda. Al conocer las cinco situaciones consideradas como “eventos de incumplimiento” en ese contrato, y descubrir también la advertencia incluidas sobre los “riesgos de participar” de la oferta de canje, que no significa una categoría adicional para definir un default, permite precisar cuál es el estado en que se encuentra la deuda argentina regularizada en 2005 y 2010. Es una tarea técnica-jurídica, con una jerga propia de letrados, pero necesaria para navegar sin ahogarse en el mar de confusiones que deliberadamente han agitado, por razones inconfesables, especulación política, por confundir deseos con realidad o simplemente por escasa vocación por el rigor analítico, una influyente tropa de editorialistas de medios, líderes empresarios conservadores, abogados y economistas. Reiteran que Argentina está en default pese a que diariamente surgen evidencias de que ese acontecimiento no se produjo.
¿Argentina en cesación de pagos?
Me propongo explicar que no se dan ninguna de las condiciones (jurídicas, financieras o económicas) para definir una cesación de pagos (default) en el caso argentino.
A pesar de ello en los periódicos se publica esta noticia y las calificadoras de riesgo lo caracterizan como default técnico. ¿Qué ha pasado para que nos ocurriera esto? Para quienes no leen diariamente este tipo de noticias, es necesario explicar brevemente los hechos.
A partir de 1976, al ser derrocado el gobierno argentino que debía 7.000 millones de dólares fue sustituído por una dictadura que comenzó a aumentar su nivel de endeudamiento en un contexto internacional en el cual sobraban los capitales y los Fondos Comunes de Inversión buscaban bonos de deudas soberanas con buenas tasas de interés. Cuando dejó el poder después de la guerra de Malvinas la deuda era de 50.000 millones de dólares.
Instrumentos para reencauzar en términos soberanos los dislates de los fondos buitre y de la justicia norteamericana a su servicio.
La sentencia de Griesa, que no es de Griesa sino del Poder Judicial de Estados Unidos y en tanto tal, integrante del gobierno norteamericano, resulta ser en definitiva un acto institucional o de gobierno de la potencia hegemónica, poniendo una vez más en evidencia el desprecio de ésta por el Estado de Derecho y la reproducción por otros medios de la política tradicional de entender los países de América Latina y el Caribe como su patio trasero. El fallo de que se trata se exhibe manifiestamente viciado de una magna arbitrariedad, o lo que es igual, utilizando expresiones similares, un fallo absurdo, insólito, disparatado y jurídicamente escandaloso; por ende calificable sin más como un “acto jurídico inexistente” y/o nulo de nulidad absoluta, insanable e imprescriptible.
Fallo sobre deuda: economistas piden que actúe el Congreso estadounidense
Más de cien economistas de diversos países han dirigido una carta a los miembros del Congreso estadounidense, solicitando que actúen frente al fallo del juez Thomas Griesa de la Corte Distrital de Nueva York, que obliga a Argentina a pagar el 100% de la deuda y al contado a los acreedores que se negaron a renegociar los bonos; y mientras esto no suceda, le obliga al país a suspender los pagos regulares al 92,4% de acreedores que sí renegociaron. En la carta, los economistas advierten que el fallo puede afectar, no solo a Argentina, sino a los propios Estados Unidos y sus instituciones financieras, como también al sistema financiero internacional.
Fondos buitre: The New York Times habló de una "campaña contra Argentina"
"La campaña contra Argentina muestra lo determinados que pueden ser los fondos de inversión y cuánta plata pueden tener para hacer uso de su influencia fuera de los mercados en los que hacen sus jugadas". Con el título "Argentina encontró un enemigo implacable en el fondo de inversión de Paul Singer", el blog especializado en negocios y finanzas del diario estadounidense The New York Times criticó hoy el poder desmedido del fondo NML.
"Con sólo 300 empleados, el fondo del multimillonario Paul Singer se las ha arreglado para forzar a Argentina, una nación de 41 millones de personas, a retroceder hasta una posición en la que ahora debe considerar la posibilidad de una rendición humillante", publicó el diario.
Se hizo eco también de las implicaciones que una victoria de los fondos tendría sobre futuras reestructuraciones de deuda, una preocupación que comparte con el Fondo Monetario Internacional y con el propio gobierno de Barack Obama: "Algunos expertos dicen que la pelea puede haber desplazado ya el centro de poder hacia los acreedores en los gigantescos mercados de deuda a los que los países acuden regularmente para financiar sus déficits: los países en crisis podrían tener más problemas ahora para conseguir un respiro frente a sus acreedores mediante la declaración de un default".
"Estados Unidos está lanzando una bomba en el sistema económico mundial (...) No sabemos cuán grande va a ser la explosión y no afecta sólo a Argentina", dijo al diario estadounidense el premio Nobel de Economía, Joseph Stiglitz.
Sin descartar que el principal deseo de Singer es "hacer dinero", el diario apunta la posibilidad de que el multimillonario vea su batalla contra Argentina como una especie de "cruzada": "Donante del Partido Republicano con inclinaciones libertarias, se ha manifestado cada vez que ha pensado que había gobiernos o empresas dañando los derechos de los acreedores".
Hace una semana, el jefe de la sección de finanzas de The New York Times, Floyd Norris, acusó al juez federal de ignorar un detalle básico del caso: que una parte muy importante de los bonos emitidos en los canjes de 2005 y 2010 habían sido emitidos bajo legislación argentina.
“Una bomba sobre el sistema global”
“Hemos tenido muchas bombas alrededor del mundo, y ésta es una que Estados Unidos le está tirando a todo el sistema económico global. No sabemos cuán grande será la explosión y las consecuencias no serán sólo en la Argentina.” Así de contundente fue el Premio Nobel de Economía Joseph Stiglitz en declaraciones al diario The New York Times. El economista cuestionó con dureza el fallo del juez Thomas Griesa, convalidado por la Cámara de Apelaciones de Estados Unidos y la Corte Suprema de ese país.
“La campaña contra la Argentina muestra cuán profunda puede ser la influencia de los fondos buitre por fuera de los mercados a los que apuestan. Mientras la firma del Sr.(Paul) Singer tiene todavía que cobrar algún dinero de la Argentina, algunos expertos en deuda señalan que la batalla ya orientó la balanza a favor de los acreedores en el enorme mercado de deuda al que acuden regularmente los países para enfrentar su déficit”, graficó Stiglitz en el NYT.
Para Stiglitz no sólo está en juego el proceso de reestructuración de la deuda argentina sino que el accionar de los fondos buitre pretende disciplinar al sistema financiero para que siga operando de manera autorregulada. “La consecuencia de este cambio en la relación de fuerzas es bastante lógica. Los países en crisis ahora pueden encontrar más difícil hallar alivio de los acreedores después de un default de su deuda”, concluyó el Premio Nobel.
A partir del caso argentino, varios países comenzaron a modificar su legislación para resguardarse ante los reclamos minoritarios de los fondos buitre, como ocurrió en la plaza financiera de Inglaterra o Luxemburgo. El propio jefe de Gabinete de Argentina, Jorge Capitanich, sostuvo que el país podría recurrir a la ONU para impulsar una convención sobre reestructuraciones de deuda.