Un fallo de la CSJN que requiere revisión y una disidencia ejemplar (a propósito del caso “Cerro Vanguardia”)

Arístides H.M. Corti, Rubén A. Calvo y Claudio E. Luis
Un reciente fallo de la CSJN (sentencia del 30/06/2009, autos “Cerro Vanguardia SA (TF 22.172-I) c/DGI”, suscripto por los jueces Lorenzetti, Fayt, Petracchi, Maqueda y Argibay, con ejemplar disidencia de la jueza Highton de Nolasco) de consuno con su anterior “Candy” (que fuera motivo de nuestro comentario en “La Ley” del 03/08/09) nos da pie a preguntarnos acerca de la necesidad de una justicia constitucional que garantice la financiación de los cometidos constitucionales del Estado...

Arístides Horacio M. Corti
Abogado especializado en derecho tributario. Profesor titular consulto de la Facultad de Derecho (UBA). Miembro titular de la Junta Directiva del Instituto de Estudios Legislativos de la FACA y del Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Federal. Presidente del Centro de Estudios Tributarios para América Latina. Secretario de la CSJN (1974/6). Vicepresidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (1996/8). Consejero del Consejo de la Magistratura de la Cdad. Autónoma de Bs. As (1998/9) y Vicepresidente de la AABA (2006/7).

Rubén Amílcar Calvo
Abogado especializado en derecho tributario. Profesor adjunto de Finanzas Públicas y Derecho Constitucional Económico (UBA). Secretario del Consejo Directivo del Centro de Estudios Tributarios para América Latina (CETAL). Ex Secretario Letrado del Tribunal Fiscal de la Nación. Autor de trabajos en la materia.

Claudio Esteban Luis
Abogado. Autor de numerosos trabajos en la materia

Fuente:[color=336600] La ley - Septiembre 2009[/color]

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