Perspectivas de la comunicación radiofónica. La necesidad de transformar el marco jurídico-legal / Sebastián Palma - María de las Nieves Piovani*

Sebastián Palma - María de las Nieves Piovani*
El artículo propone un análisis de las perspectivas de la comunicación radiofónica vinculadas a la lógica jurídica que, con origen en la última dictadura militar y continuidad en las políticas neoliberales de los 90, establece el marco regulatorio de la radiodifusión en la actualidad. En este sentido, propone un breve recorrido histórico a la luz de los ordenamientos que permitieron la conformación de los multimedios en general, y una exploración de las normas que regulan la actividad. Asimismo, se consideran algunas transformaciones acontecidas en los últimos años, y se intenta realizar un balance acerca de necesidad de transformar el marco jurídico que regula la actividad comunicativa en Argentina. [size=xx-small][b]Artículos relacionados:[/b] .Medios y Comunicación. Más democracia / María Graciela Rodríguez* - Santiago Marino** .Una mirada a la Ley de Radiodifusión: entrevista a Guillermo Mastrini* /RedEco .Entrevista a Néstor Busso*: “La comunicación es un bien social”[/size]

[b]Introducción[/b]

Pensar la radio es, o debería ser, un ejercicio estrechamente vinculado al Derecho a la Información como derecho humano - que a partir de la reforma de la Constitución Nacional de 1994 goza de categoría constitucional- o al más amplio Derecho a la Comunicación.

Sin dudas, el reconocimiento como capital estratégico de los medios y de las industrias culturales como protagonistas ineludibles en la conformación de los imaginarios colectivos, implica comprender, también, que las disputas que se produzcan por el control de ese patrimonio serán definitorias en la composición de los escenarios sociales.

La década del 90 representó, de alguna manera, la aceptación por parte de una gran mayoría de la sociedad de un modelo económico, social y político, que diseñó a su imagen y semejanza el contexto mediático que le resultó más cómodo y funcional a sus intereses.

Como afirma Néstor García Canclini (1) “Es de interés público legislar acerca de las industrias culturales porque tienen hoy un lugar prominente y estratégico en el desarrollo socioeconómico.... Las industrias culturales son recursos igualmente estratégicos para el enriquecimiento de las naciones, la comunicación y participación de sus ciudadanos y consumidores... Por eso, participar en el intercambio mediático es ahora decisivo para ejercer la ciudadanía”.

Hoy resulta necesario interrogarse con relación a las perspectivas de la comunicación radiofónica en el marco de un proceso político, económico y social que no sólo ha sido permeable a la crítica en el terreno discursivo sobre lo acontecido durante la última década, sino que en algunos planos ha permitido desarrollar reformas que eran urgentes y necesarias, aunque de momento incipientes, de contenido diferenciado a lo propuesto por el neoliberalismo.

Hasta el momento, sin embargo, el debate en torno a la Ley de Radiodifusión 22.285, cuyo origen se remonta a la última dictadura, ha sido una de las grandes discusiones ausentes.

La certeza, en todo caso, es que es casi imposible vislumbrar nuevas o democratizadoras perspectivas en el campo de la comunicación radiofónica mientras continúe vigente el marco regulatorio que estableció la última dictadura y profundizaron los gobiernos democráticos.

Y establecer cambios en este terreno no puede ser el ejercicio individual o grupal de un profesional o un grupo de profesionales que con la mejor de las intenciones decidan hacer de su espacio radiofónico concreto algo distinto, diferente.

Pensar la radio, pensar los medios, y por lo tanto la construcción de los imaginarios colectivos en una sociedad que enarbola como bandera el Derecho a la Información es un ejercicio democrático ineludible que la sociedad se debe a sí misma.

Es interés de este trabajo recorrer las normas que regulan actualmente la concesión de las licencias del espacio radioeléctrico, que es patrimonio de la humanidad administrado por los Estados nacionales, y avizorar entonces el camino que sería necesario recorrer para producir transformaciones de fondo en las actuales perspectivas de la comunicación radiofónica.

En definitiva, presentar al imaginario colectivo algunas líneas de análisis que permitan pensar la radio.

[b]Antecedentes y construcción de sentidos[/b]

Desde la recuperación de la vida democrática institucional, en el campo de la comunicación radiofónica hemos asistido a un escenario en el que las grandes transformaciones regulatorias han estado más vinculadas a la concentración y a los traspasos de paquetes accionarios entre empresas dedicadas a la comunicación masiva, que a los sentidos que se hubieran podido construir a partir de una convocatoria amplia a los actores sociales interesados en discutir el rol de los medios de comunicación en la sociedad actual.

A partir de los años 90, se ha gestado en la Argentina una matriz jurídico-político comunicacional (2) (Piovani-Elíades), que dio paso a un proceso de privatización y concentración de la propiedad de los medios masivos de comunicación, a través de la eliminación de la norma dentro de la Ley de Radiodifusión que impedía la constitución de gigantescos “multimedios”, signo emblemático de esta nueva matriz.

En el mismo sentido, la Ley 24.124 aprobó el Tratado celebrado entre la República Argentina y los Estados Unidos de América sobre la promoción y protección recíproca de inversiones, suscripto en Washington el 14 de noviembre de 1991. En síntesis, esta medida posibilitó que capitales extranjeros invirtieran en medios de comunicación nacionales. Siguiendo tal línea, se celebraron acuerdos del mismo tenor con Italia, Francia y los Países Bajos.

Hasta el día de hoy, 24 años de estabilidad de las instituciones no han sido suficientes para modificar radicalmente el espíritu de la Ley de Radiodifusión 22.285, dictada por la última dictadura militar. Los intentos en este sentido han fracasado sistemáticamente, víctimas de los conflictos de intereses políticos y empresarios que se ponen en juego. Incluso, en gran medida las pocas transformaciones propuestas han profundizado este camino, o en el mejor de los casos han resultado ambiguas.

La realidad y las perspectivas de la comunicación radiofónica han estado y están signadas por este proceso. Resulta imposible, o al menos muy difícil, pensar la necesidad de producir transformaciones profundas en la matriz rectora en un escenario mediático que en el plano discursivo elude sistemáticamente el debate que se debería propiciar.

Como afirma Beatriz Sarlo (3), “el mercado es un gran constructor de sentidos, aunque parezcan mezquinos y, muchas veces, tan crueles como injustos. Y, por lo tanto, más que un retiro del sentido, hay sentidos con los que se está sordamente en desacuerdo. Se piensa, con razón, que los sentidos que proporciona el mercado y sus ideólogos no son "buenos" sentidos, sino que desorganizan, cortan y hieren a la sociedad. Pero también están quienes piensan que es allí donde se construyen hoy los únicos sentidos que hacen sentido con relación al oscuro movimiento de las cosas”.

Es decir, este proceso de concentración mediática, avalado por aspectos jurídicos – legales, pero también político-culturales, redunda en la mercantilización de la comunicación radiofónica; una suerte de complicidad, por conveniencia, supervivencia, u otros factores, que avala por omisión la ausencia de este debate estructural en torno al control y la gestión de los medios masivos de comunicación, y entre ellos, de la radio.

Cabría preguntarse, entonces, con relación al interrogante planteado por Ricardo Haye (4): “¿Qué encontramos al encender la radio? ...La actividad comunicativa medial produce la jerarquización o el relegamiento temático en virtud de su tarea selectiva. De este modo, el fenómeno de la opinión pública se construye tanto por el libre intercambio de sentidos, fundado en la capacidad dialéctica de los individuos, cuanto por la presión ejercida desde los medios en términos de la valorización desvalorización que proponen”.

Entonces, las perspectivas de la comunicación radiofónica, o la suerte de la radiodifusión, parecen estar más atadas a arrestos individuales o sectoriales, que a la discusión profunda y seria necesaria que permita articular las modificaciones a la normativa vigente para vincular el rol de los medios de comunicación a los planteos de la (5) “Declaración de Bávaro con relación a la Sociedad de la Información”.

Las modificaciones en democracia

Un punto de inflexión que determinó el presente contexto fue la aprobación de la Ley 23.696 –Ley de Reforma del Estado– de septiembre de 1989.

Esta ley ordenó la intervención de las empresas del Estado a partir de la declaración de emergencia administrativa de los entes estatales, para luego disponer su privatización. Fue así como asistimos a una espectacular concentración de propiedad de las empresas periodísticas propiciada, como se mencionó anteriormente, por la eliminación de la norma dentro de la Ley de Radiodifusión 22285 que la impedía.

Este proceso dio lugar a la figura del “multimedio”, constituido, en general, de la siguiente manera: una empresa propietaria de un diario, una revista, un canal de televisión, una radio AM con su FM complementaria y un circuito cerrado de televisión por cable o codificado, más la eventual participación en agencias de noticias y proveedores de papel.

Avanzando en el campo de lo ocurrido en este materia recientemente, el 24 de mayo del 2005 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 527/2005 que dispuso suspender por el plazo de diez años los términos que estuvieren transcurriendo de las licencias de servicios de radiodifusión o sus prórrogas previstos en el (6) Artículo 41 de la Ley 22.285.

Siguiendo el análisis propuesto por Piovani y Elíades, observamos que el Decreto de necesidad y urgencia 527/2005 vuelve a reconocer la legitimidad de la ley de la dictadura a la vez que organiza el mapa de los medios de comunicación durante los próximos 20 años aproximadamente.

Sin embargo, por la misma época, asistimos a la reforma del Artículo 45 de la Ley de Radiodifusión. En este caso fue el Congreso de la Nación quien aprobó una nueva modificación de la normativa, que permitió a las personas jurídicas sin fines de lucro acceder a la actividad radiodifusora.

Es importante destacar que la modificación del Artículo 45 de la Ley de Radiodifusión, en pos de la incorporación del sector no comercial, fue motivo de una larga lucha protagonizada por la sociedad civil y expresada a través de organizaciones como FARCO (Foro Argentino de Radios Comunitarias) y CARCO (Cámara Argentina de Cooperativas, Mutuales y Prestadores Comunitarios de Radiodifusión), y también por la historia misma de numerosos emprendimientos y medios locales sin fines de lucro que con el trabajo cotidiano sostuvieron la legitimidad de su reclamo.

Asimismo, no fueron menores, como motivadores de la modificación de tal norma, los precedentes jurisprudenciales que sentaron un hito para la necesaria reforma de la discriminatoria ley. Así cabe resaltar el primer pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina en los autos “Asociación Mutual Carlos Mujica c/ Poder Ejecutivo Nacional” el 8 de septiembre de 2003, ratificado luego en el caso “Cooperativa de Servicios Públicos Villa Santa Rosa c/ P.E.N.” que sentaron jurisprudencia al señalar que el Artículo 45 de la Ley de radiodifusión era inconstitucional por su carácter discriminatorio, al vulnerar el derecho constitucional a la igualdad, a la libertad de expresión y el derecho a dar y recibir información (Arts. 16, 14 y 75 inc. 22 C.N.).

Es en este contexto, entonces, que resulta fundamental preguntarse acerca del papel de los medios y de los comunicadores, y sobre todo, de las perspectivas de comunicación radiofónica en un escenario que profundiza, por un lado, el camino monopolizador iniciado en los 90, y habilita, por el otro, la aparición en escena de un nuevo tipo de control de la gestión de las licencias.

[b]Algunas voces[/b]

Es posible pensar que la apertura de la actividad radiodifusora a los medios comunitarios se corresponde con las típicas concesiones que dentro del sistema generan el oxígeno necesario para que la hegemonía (7) se reproduzca. Sin embargo, contemplando lo acontecido en materia de radiodifusión en las últimas décadas, podríamos también considerar estos avances no sólo como concesiones, sino como pequeñas conquistas, producto de innumerables batallas, que permitieron y permiten avanzar hacia la constitución de otro escenario, paulatinamente.

En este sentido, la Ley 26.053, al abrir la posibilidad de que se incorporen nuevos actores a la actividad radiodifusora, eliminando la restricción que circunscribía el acceso únicamente a las personas físicas y jurídicas comerciales, comenzó a constituirse en una herramienta que posibilitó el gradual reconocimiento de radios comunitarias.

En este marco han aparecido algunos signos positivos que, desapercibidos por las grandes coberturas mediáticas, dan cuenta de algunas pequeñas conquistas. De todos modos, es necesario destacar que aún no hay una reglamentación genérica y que las licencias a las comunitarias han sido muy específicas.

Así, el Comité Federal de Radiodifusión, mediante la Resolución Nº 753/06, reconoció a 126 radios comunitarias que se encuentran funcionando y cuyos titulares son personas jurídicas sin fines de lucro. Esta medida se enmarcó en el Reconocimiento y Ordenamiento del Espectro Radioeléctrico iniciado por la Resolución Nº 1572/05.

Como ejemplos podríamos nombrar a Radio Encuentro, FM comunitaria de Viedma (Río Negro), que logró obtener su licencia luego de 17 años de lucha y reclamo judicial. También, en noviembre de 2007, mediante la Resolución del COMFER 753/07 se adjudicó la licencia a la FM 97.3, una emisora comunitaria llamada “Radio del Pueblo”, de la localidad de Desvío Arijón, Provincia de Santa Fe, perteneciente a la Fundación “Vivir para Contarla”.

Por otro lado, en junio del año 2007, mediante el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 721/07(8), se autorizó el funcionamiento de una emisora en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya titularidad la ejerce la Fundación Madres de Plaza de Mayo.

En el ámbito de los Programas Especiales del COMFER podríamos enumerar tres convenios que se han comenzado a implementar: uno con el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) para la apertura de medios en comunidades indígenas; otro vinculado al Ministerio de Educación para la instalación de radios en escuelas de frontera; y un tercero firmado con el Servicio Penitenciario Federal para el funcionamiento de radios en las cárceles.

De esta forma, la actividad radiodifusora por parte de comunidades indígenas en Argentina ya está teniendo algunos frutos: entre ellos, la licencia otorgada a la comunidad mapuche para la explotación de AM 800, “Radio Wajzugún”, en noviembre de 2006; y la de FM América 90.7 en Abra Pampa, Jujuy, inaugurada en septiembre de 2007, cuya titular es la Asociación Civil Jóvenes Munaysapas.

Estos son algunos de los ejemplos que merecen ser contados; otros han quedado fuera. En cualquier caso, está claro que se trata de experiencias puntuales que no dan cuenta de una legislación genérica tendiente a modificar de raíz el estado de las cosas, pero que de todos modos marcan un hecho sin precedentes en las últimas décadas en materia de radiodifusión.

[b]Pensar la radio: algunas reflexiones finales[/b]

Las experiencias relatadas marcan un camino que de profundizarse a lo largo y ancho del territorio nacional abrirían un abanico de posibilidades en el campo de la comunicación radiofónica que permitiría atacar, de raíz, el problema planteado por Beatríz Sarlo en el artículo mencionado: “La dificultad de hacer sentido entonces no responde claramente a la ausencia de ideas, ni siquiera a que no se haya repetido muchas veces que es necesario cambiar de rumbo. No responde a una explicación sólo cultural. Los sentidos son escasos porque los bienes materiales también son escasos y están injustamente distribuidos...”.

Sin embargo, si tenemos en cuenta que este proceso se abrió una vez ya distribuidas las principales frecuencias radiofónicas, las perspectivas no se presentan de un modo tan optimista.

Por otro lado, tampoco podemos esperar que las transformaciones en las perspectivas de la comunicación radiofónica sean sólo producto de las acciones individuales o colectivas de los profesionales de la comunicación, que como empleados de los grupos económicos desarrollan su profesión en las principales radios nacionales. Se podrían citar innumerables ejemplos de profesionales convencidos del profundo sentido de su trabajo, pero entendemos que estos ejemplos de ninguna manera permitirán atacar el problema desde su matriz embrionaria.

Y, obviamente, resulta complejo pensar que serán los grupos económicos que ejercen el control de las principales frecuencias quienes se planteen la necesidad de cambiar el orden imperante.

Más allá de este panorama poco alentador, o al menos sumamente ambiguo, interesa dejar sentadas algunas variantes que podrían considerarse en una futura, posible y necesaria nueva Ley de Radiodifusión que permita pensar el campo de la comunicación radiofónica (y del resto de los medios), desde otras perspectivas que contemplen definitivamente la democratización de las comunicaciones, y el fortalecimiento de la esfera pública.

Resulta necesario partir desde la comprensión de que los cambios tecnológicos enmarcados en la sociedad de la información redundaron en nuevas prácticas sociales. Todo cambio social conlleva implícito y/o explícito un sentido ideológico político; es decir, no son neutrales, y es por ello que es absolutamente necesario que la sociedad y el Estado estén compenetrados e imbuidos de todos los conocimientos relacionados con ellos.

En caso contrario, se corre el riego de que las transformaciones emanadas de los mismos excluyan a amplios sectores. Sergio Fernández Novoa (9) plantea que “construir la enorme deuda que tiene la democracia, a partir de un nuevo plexo normativo y de un nuevo plan de radiodifusión que incluya la televisión, las radios de amplitud y de frecuencia modulada, permitirá comenzar a construir una comunicación social mucho más comprometida con los intereses de nuestra sociedad”.

Los cambios tecnológicos deben estar al servicio del desarrollo humano y social. Y si bien en los últimos años se han establecido una serie de programas que promueven la inserción a los medios masivos de sectores postergados de la sociedad (algunas radios comunitarias, las de frontera, el convenio firmado con el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, etc.) se ha avanzado más en el desarrollo comercial que en la construcción de ciudadanía, que implica la construcción de memorias, verdades plurales, relatos de identidad, procesos educativos, proyectos pluriculturales.

Para esto es fundamental modificar la ley de radiodifusión en un sentido plural, democrático y federal. Hay que avanzar en una ley que ponga límites a los monopolios, al uso de cadenas permanentes; hay que persuadir a los medios a que desarrollen importantes cuotas de producción propia, nacional, regional, de coproducción y de producción independiente. Entendemos, a su vez, que esto redundará en una motorización de las economías locales, en mejores condiciones de trabajo y en el desarrollo y revalorización de la cultura y de la identidad de cada una de las regiones del país.

El Estado tiene una responsabilidad ineludible en materia de comunicación, pero mejorar el escenario comunicacional es una necesidad colectiva.

Entendemos que la Iniciativa Ciudadana (10) por una Ley de Radiodifusión para la Democracia, construida colectivamente entre Sindicatos, Universidades, Organizaciones No Gubernamentales vinculadas a la Radiodifusión como AMARC y FARCO (entre otras), expertos, y demás personalidades, es un ejemplo en este sentido que no puede soslayarse.

Como asegura en el preámbulo “Es indispensable una Ley de Radiodifusión de la democracia que reemplace a la Ley de la dictadura todavía vigente. Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. La Ley de Radiodifusión debe garantizar el pluralismo informativo y cultural”.

Sólo un cambio radical de la normativa permitirá pensar la radio, pensar las perspectivas de la comunicación radiofónica desde la óptica del Derecho a la Información, o del más amplio derecho a la Comunicación. En caso contrario, el futuro del medio parece estar más ligado a los análisis de audiencia, a los arrestos de las nuevas voces que reciban el permiso, o a la posición altruista de algunos comunicadores radiofónicos.


[i]Notas[/i]
1 Néstor García Canclini, “Por qué legislar sobre industrias culturales”. Revista Nueva Sociedad Nº 175. Septiembre-octubre 2001.
2 Concepto acuñado por las investigadoras Analía Elíades y Verónica Piovani en el marco de la investigación “Sociedad de la información: Análisis social de la legislación aplicable en el fenómeno de la convergencia”. Programa de Incentivos, Facultad de Periodismo y Comunicación Social, UNLP, aprobado en 2004 (código 11P-117).

3 Beatriz Sarlo, “Las mejores ideas, sin poder”. Artículo publicado en Clarín, noviembre de 2001.

4 Ricardo Haye, “Otro siglo de radio. Noticias de un medio cautivante”. Editorial La Crujía, marzo 2003.

5 Ver “Los caminos hacia una sociedad de la información en América Latina y el Caribe”. Naciones Unidas – CEPAL Santiago de Chile, julio de 2003. Libros de la CEPAL. Nro. 72. Anexo, Pág. 119 y ss.

6 El Artículo 41 establece los plazos de adjudicación de las licencias y los supuestos de prórrogas, textualmente reza: “Las licencias se adjudicarán por un plazo de QUINCE (15) años contados desde la fecha de iniciación de las emisiones regulares. En el caso de estaciones de radiodifusión ubicadas en áreas de frontera o de fomento, el Poder Ejecutivo Nacional podrá adjudicarlas por un plazo de VEINTE (20) años. Vencidos estos plazos, podrán ser prorrogadas por única vez y a solicitud de los licenciatarios, por DIEZ (10) años. Este pedido deberá efectuarse, por lo menos, con TREINTA (30) meses de anticipación a la fecha del vencimiento de la licencia respectiva. El Comité Federal de Radiodifusión deberá resolver dentro de los CUATRO (4) meses de formulado el pedido. DIECIOCHO (18) meses antes del vencimiento del plazo originario de la licencia, o de su prórroga, el Poder Ejecutivo Nacional autorizará el llamado a concurso público para el otorgamiento de una nueva licencia. En este último caso y en igualdad de condiciones, tendrá preferencia el licenciatario anterior”.

7 Este concepto desarrollado por Antonio Gramsci hace referencia a la dirección intelectual, política y moral del grupo dominante sobre el conjunto de la sociedad. Contiene la idea de que la hegemonía no se da de una vez y para siempre, debe ser constantemente mantenida, renovada, ya que ningún modelo hegemónico puede dar cuenta de todos los significados de la vida social, hay disidencias, diferencias en el interior de una sociedad que se dan en el marco de la lucha por la hegemonía: “el hecho de que la hegemonía presupone indudablemente que se tienen en cuenta los intereses y las tendencias de los grupos sobre los que se ejerce la hegemonía, que se forma un cierto equilibrio de compromiso...”. Antonio Gramsci, “Notas sobre Maquiavelo”, p. 55.

8 Boletín Oficial: 13/06/2007.

9 Coordinador General del COMFER. ” Necesitamos una ley que les diga no a los monopolios”, Entrevista publicada en Página 12 el día 7 de octubre de 2007.

10 INICIATIVA CIUDADANA POR UNA LEY DE RADIODIFUSIÓN PARA LA DEMOCRACIA es una declaración realizada por múltiples actores sociales vinculados y comprometidos con la transformación de la Ley de Radiodifusión. Se establecieron allí 21 puntos acordados colectivamente acerca de los contenidos elementales que debería prever una ley de radiodifusión nueva. En el preámbulo establece: Es indispensable una Ley de Radiodifusión de la democracia que reemplace a la Ley de la dictadura todavía vigente. Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. La Ley de Radiodifusión debe garantizar el pluralismo informativo y cultural.

11 Los 21 puntos ver en el portal: http://www.iade.org.ar/modules/noticias/article.php?storyid=2409

Bibliografía

Becerra, Martín. “Sociedad de la Información: proyecto, convergencia, divergencia”. Editorial Norma, 2003.

Elíades, Analía; Piovani, Verónica. “El poder mediático, el poder económico y el poder de la palabra”. Oficios Terrestres, Editorial UNLP, 2005.

García Canclini, Néstor. “Por qué legislar sobre industrias culturales”. Nueva Sociedad N 175, 2001.

García Leiva, María Trinidad. “Radiodifusión, contradicción y control (1999- 2001)”. Tesina de Graduación de Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. UBA, 2002.

Haye, Ricardo. “Otro siglo de radio, Noticias de un medio cautivante”. Editorial La Crujía, 2003.

Iniciativa Ciudadana por una Ley de Radiodifusión para la Democracia. Los 21 puntos acordados (11).

Sarlo, Beatriz. “Las mejores ideas, sin poder”. Artículo publicado en Clarín, noviembre 2001.

[b]*María de las Nieves Piovani. Licenciada en Sociología, FHCE, UNLP. Docente e investigadora de la FPyCS-UNLP. Como docente, desarrolla su actividad en la Cátedra Problemas Sociológicos Contemporáneos. Autora y coautora de numerosos artículos asociados a la temática. Investigadora del Proyecto: “Sociedad de la Información”, en el contexto del Programa de Incentivos. Asesora de la Dirección Provincial de Educación Superior y Capacitación Educativa, DGCyE- Provincia de Buenos Aires.

Sebastián Palma. Es Licenciado en Comunicación Social de la Universidad de La Plata, Docente e Investigador de la FPyCS de la UNLP. Como Docente, desarrolla su actividad en la Cátedra Taller de Producción Radiofónica II. Y como investigador participa del Proyecto “Sociedad de la Información”, en el contexto del Programa de Incentivos. Ha ejercido la profesión periodística en distintos medios públicos y privados, y ha sido Coordinador General de Radio Universidad Nacional de La Plata en el período 1998-2001. Actualmente, es Director de Asistencia Técnica de la Secretaría Académica de la FPyCS, y Asesor de la Dirección Provincial de Educación Superior y Capacitación Educativa[/b]

Fuente: [color=336600]Revista Question (Universidad Nacional de La Plata) – N°18 – otoño 2008[/color]

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