La Corte Suprema de Justicia anula indulto de Menem a represor / Stella Calloni*

La Corte Suprema de Justicia argentina declaró hoy inconstitucional el indulto decretado en 1989 por el ex presidente Carlos Menem al ex comandante de Institutos Militares, general Santiago Riveros, con lo cual se abre la posibilidad de que sean anulados los recursos que protegen a los jerarcas de la pasada dictadura militar (1976-1983). En lo que se considera un fallo histórico, con una votación de cuatro en favor, dos en contra y una abstención, el máximo tribunal sienta así jurisprudencia para abolir los perdones a personajes como Jorge Rafael Videla y Emilio Massera, entre los más altos jefes de las juntas militares y símbolos de lo que fue una sangrienta maquinaria de secuestros, torturas y desapariciones. [size=xx-small][b]Artículos relacionados:[/b] .Argentina: Los decretos y los indultos. ¿Ignorancia o el disfraz jurídico de una falta de voluntad política? / Dr. Salvador María Lozada .Entrevista a Baltasar Garzón:“El elemento común es la impunidad”[/size]

En la sentencia de la Corte se determina además que dada la gravedad de los delitos de lesa humanidad, "no sólo resultan contrarios a la Constitución nacional, sino a toda la comunidad mundial".

Decenas de implicados en ilícitos de lesa humanidad que habían quedado amparados ahora deberán enfrentar la justicia, lo cual provocó júbilo y lágrimas en todos los organismos humanitarios.

Aun así, este viernes se festejó la derrota de la impunidad, lo que lamentablemente, por ahora, no alcanza a Patti. También familiares y víctimas se aprestan a librar una gran batalla para ver la luz al final de un camino oscuro por la falta de justicia. "Sabemos que la lucha continúa, pero no es lo mismo", señalaron las Madres Fundadoras de Plaza de Mayo.

Adjunto a este artículo el fallo completo por parte de la Suprema Corte de Justicia sobre este caso

*Stella Callóni. Nació en Entre Ríos, Argentina. Periodista, escritora y docente universitaria. Fue corresponsal en países en guerra, trabajó en diversos periódicos de América latina y es autora de numerosos libros, como Los años del lobo: Operación Cóndor (1999) o Argentina, de la crisis a la resistencia (2002). En 1987 recibió el Premio de Periodismo José Martí, y más tarde le otorgaron el Premio Latinoamericano de Periodismo Samuel Chavkin de la revista estadounidense Nacla Report on the Américas. Actualmente es corresponsal en América del Sur del periódico La Jornada, de México. Dirige además la revista Desafíos.

Fuente: [color=336600]La Jornada / México – 14.07.2007[/color]

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Anexo
La Corte Suprema anuló los indultos
Fuente: La Nación, 13 de julio de 2007

Con una mayoría de cuatro votos, declaró inconstitucional el decreto que había dictado Menem en favor del militar Riveros; el fallo abre el camino para que caiga el mismo beneficio otorgado a los jefes de la dictadura.

Finalmente, la Corte Suprema declaró hoy la inconstitucionalidad de los indultos firmados por el ex presidente Carlos Menem en favor de varios jefes militares de la última dictadura en 1989.

El fallo fue votado por una mayoría de cuatro magistrados: Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Elena Highton, mientras que se pronunciaron en disidencia Carlos Fayt y Carmen Argibay y Enrique Petracchi se abstuvo.

El máximo tribunal dejó sin efecto el decreto que había dictado Menem en beneficio del ex titular de Institutos Militares Santiago Omar Riveros.

Esta decisión abre el camino para que ocurra lo mismo con los indultos dictados por el ex presidente en favor de otros jefes de la dictadura como Jorge Videla y Eduardo Massera.

Riveros había sido juzgado por la Cámara Federal de San Martín, que consideró constitucional el indulto y lo sobreseyó. En 1990, su caso llegó a la Corte, con un recurso planteado por los querellantes contra Riveros.

El máximo tribunal de justicia, con un argumento formal, ese año rechazó el recurso y quedó firme la sentencia de la Cámara Federal en favor de Riveros.

Fundamentos. La Corte consideró que "los delitos de lesa humanidad, por su gravedad, son contrarios no sólo a la Constitución Nacional, sino también a toda la comunidad internacional" por lo cual aseguró que pesa sobre todos los Estados "la obligación de esclarecerlos e identificar a sus culpables".

En ese punto, la Corte mencionó sus recientes pronunciamientos en los casos Arancibia Clavel y Simón, en los cuales declaró la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad y la inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y de punto final.

Disidencias. Por su parte, el juez Fayt centró su disidencia en la violación de los principios constitucionales de cosa juzgada y prohibición de la persecución penal múltiple, toda vez que la Corte Suprema había dejado firme la sentencia de la Cámara Federal de San Martín de 1989.

En tanto, la jueza Argibay disintió con la solución respecto de la inconstitucionalidad de los indultos al sostener que la propia Corte había dictado un pronunciamiento en 1990 en el cual había dejado firme la sentencia de la Cámara, que había declarado constitucional el indulto. "Lleva a considerar que esa primera sentencia pasó en autoridad de cosa juzgada", entendió.

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