Carta Abierta II. Por una nueva redistribución del espacio de las comunicaciones

A continuación reproducimos el texto completo de la segunda propuesta para el debate del grupo de 1500 intelectuales de las ciencias, el arte, el periodismo, la literatura, el feminismo y el psicoanálisis. Su primera entrega sirvió de puntapié inicial a una polémica nacional. En esta oportunidad se adentra en la sustitución de la vigente Ley de Radiodifusión, que es calificada de “anacrónica y reaccionaria”, esta Ley cabe recordar fue establecida por la dictadura militar en 1980. Los firmantes proponen “un nuevo marco jurídico acorde con los tiempos y a la institucionalidad democrática”. [size=xx-small][b]Artículos relacionados:[/b] .Carta Abierta de la cultura (I) .Legislación y concentración mediática en la Argentina / Luis Pablo Giniger .Observatorios de información, comunicación y cultura: balance de un proceso iberoamericano / Luis A. Albornoz - Micael Herschmann[/size]

La sustitución de la vigente Ley de Radiodifusión, anacrónica y reaccionaria, establecida por la dictadura militar en 1980, por un nuevo marco jurídico acorde con los tiempos y a la institucionalidad democrática, es hoy un horizonte tangible, más de lo que nunca fue desde diciembre de 1983. Pero la experiencia de los argentinos en estos veinticinco años que van de gobiernos constitucionalmente elegidos también indica que los proyectos de ley que hoy se están escribiendo pueden eventualmente ir a parar al mismo cajón al que fueron los treinta y siete proyectos que alcanzaron estado parlamentario en este lapso, incluidos dos propuestos por el Poder Ejecutivo, empantanados todos ellos entre las presiones corporativas y la triste ausencia de decisión política gubernamental.

En la relación entre la eventual sanción de una nueva ley y el momento que vive el país puede advertirse una característica doble. Por una parte, la crítica coyuntura desatada a partir de la puja que inició el empresariado rural hace casi tres meses nos entrega ahora la visión del abismo, y toda cuestión que se interponga parece destinada a una consideración adecuada, en ese marco, sólo cuando se haya ya diluido este azoro en el que los argentinos nos encontramos sumidos. A la vez, ha sido precisamente este mismo conflicto, la textura de su día a día, el gran responsable de exponer en toda su crudeza la carnadura concreta del poder desplegado por el sistema mediático, el mismo que en tantas ocasiones supo recitarse sin mayor convicción.

No hace falta referirse a los lugares ya comunes acerca del tratamiento marcadamente desigual para cada uno de los muchos actores de la escena, o a la permanente sobredramatización de acontecimientos conexos al conflicto, tales como el desabastecimiento, los intentos de corrida contra el peso, la crisis económica, etc. Tal vez quepa, en cambio, llamar la atención sobre cuestiones más elementales y más graves, tan instaladas que cuesta distanciarse de ellas para retomarlas en su justa dimensión, tales como el bautismo con una intención mítica bucólica de “el campo” para lo que es un sector de productores en busca de mayor rentabilidad, o la descripción permanente del conflicto como entre “dos sectores” equivalentes, o ¿más curioso aún? el borramiento radical de todos los reclamos por la calidad institucional que hasta días antes bañaban los medios cuando quienes deterioran de manera ostensible esa calidad institucional reclamada son otros que el mismo gobierno. Cada uno de estos casi imperceptibles dispositivos resulta mucho más distorsivo para la vida político-cultural del país que, incluso, los gestos de discriminación social, visibles y groseros.

No se trata de imaginar conspiraciones ni tampoco de pensar de modo simplificador y añejo en el poder mecánico de los mensajes massmediáticos. Pero se trata, sí, de reconocer en los medios masivos a los operadores privilegiados del modo en el que se articulan y escanden discursos de amplia circulación social. Pero no discursos cualesquiera. Porque se trata de reconocer, en fin, su capacidad para recoger, organizar y devolver legitimadas, en especial, las formas más maniqueas, más silvestres y más ansiógenas del propio sentido común de las capas medias y sus elementales fantasmas. Esta es la lógica de los medios masivos y, en particular, de los audiovisuales. Ellos repiten el latiguillo de que entregan al público lo que el público quiere. Pero omiten que esa supuesta demanda es el resultado de una construcción que explota y abusa comercialmente, mediante el exhibicionismo, la banalización, la tragedia o el escándalo fáciles los peores resortes de cualquier audiencia. No hay conspiraciones, vale insistir. Simplemente se llama búsqueda del lucro en el capitalismo avanzado. O más sencillamente “marketing”.

Este fenómeno no es una exclusividad argentina. Por el contrario. Pero lo que sí constituye parte de un casi privilegio nacional (hay otros países en América latina que comparten ese privilegio) es el triple dato de: (a) la extraordinaria concentración de las empresas que disputan el mercado de la comunicación, (b) la debilidad, por no decir casi inexistencia, de un sistema de medios estatal/cultural y de uno comunitario, y (c) el vacío normativo en el que se desenvuelven, vista la inoperancia y la caducidad de facto de la Ley de Radiodifusión de 1980.

Para entender el grado paleolítico en el que nos movemos, baste observar las líneas aplicadas en la materia en el marco de la Unión Europea o en Canadá, entre muchos otros países “serios”, así como las directrices políticas para abordar el futuro tecnológico en cuestiones como protección a la diversidad, mandatos de desconcentración y fortalecimiento de medios públicos. El caso de la reformulación de Radio Televisión Española es otra muestra en este sentido.

Estos ejemplos de regulación estatal no indican limitaciones a la sacrosanta “libertad de prensa”. Nadie, en esos países, lo asume de semejante modo, ni los propios grandes medios de comunicación. Y ello es un cuarto rasgo de la especificidad argentina: el más mínimo gesto de parte de cualquier institución de la sociedad que se vuelve sobre los medios alcanza para que su tarea sea veloz y cómoda y mezquinamente denunciada como una amenaza a la libertad de expresión. Incluso los poco conducentes ¿pero de moda? “observatorios” que desde hace algunos años pululan por doquier. Y hasta se dan el lujo de reclamarle a la universidad pública, en nombre del resguardo de esa mal entendida libertad de expresión, que no opine públicamente sobre la situación del periodismo.

Es que las empresas mediáticas se han erigido en los auténticos representantes del pueblo, bajo la excusa de la evidente crisis de fondo que padecen los partidos políticos en Argentina (como en buena parte de Occidente). Es un pretexto engañoso: en su ejercicio, los grandes medios coadyuvan a la agonía de las organizaciones partidarias a cuya suplencia, supuestamente, concurren solidarios. El mecanismo es simple: los grandes medios dicen darles espacio a todas las voces (a todas las voces que invitan, claro), y por carácter transitivo aparecen como depositarios de la soberanía. Desde tan inmaculado lugar, juzgan a gobiernos, a parlamentos, a jueces, absorben la sabiduría de los expertos y las emociones de los sufrientes, diseñan los sueños de la audiencia sin pretensiones para luego acompañarla y premiarla, denuncian delitos, testimonian crímenes, editorializan sobre cualquier sector, compran o fabrican prestigios para más tarde re-venderlos, mientras recurren a los golpes fáciles y a la repetición infinita de sí mismos para lidiar en el mercado del rating y concluir presumiendo que, a ellos, “la gente los elige todos los días” en una suerte de comicios “más directos” que aquellos donde concurren cada dos años las fuerzas partidarias y la ciudadanía. Pero guay que a alguien se le ocurra señalar que también entre ellos, los grandes medios erigidos en jueces supremos, hay, por ejemplo, corrupción, venta de servicios informativos y simbólicos al mejor postor o intereses espurios. En ese instante las pugnas por el rating se suspenden, la corporación cierra sus filas y hasta las voces de los grandes medios europeos o norteamericanos acuden en su ayuda. Es que ¿cómo habrían de ser falibles si apenas se dedican a testimoniar “objetivamente” lo que ocurre? Y la falacia se cierra sobre sí misma.

Todos los gobiernos de las últimas décadas han optado por negociar el apoyo de esta corporación antes que meterse en el sin embargo impostergable desafío de plantear reglas que deberían ser casi obvias, referidas a la actividad de estas instituciones, tan pasibles del sometimiento a normas elementales como cualquier hijo de vecino. Por ello es que el propósito expreso del gobierno de Cristina Fernández de sancionar un nuevo marco jurídico constituye una circunstancia de excepcional importancia y de un alcance político-cultural mucho mayor que las alícuotas de las retenciones sobre la exportación agropecuaria.

Porque el espacio que instituyen los medios masivos, a través de sus pantallas y de sus sintonías, de sus páginas impresas o de sus sitios web, es un espacio social, y más aún, un espacio público que, por ende, pertenece a todos y al que todos, o al menos muchos más que ahora, deberían poder acceder para transitar por él con relativa libertad. Un espacio público que, salvadas todas las obvias distancias, no debería merecer un trato sustancialmente distinto al que merecen otros espacios públicos, donde sería inadmisible que una corporación privada, con reglas establecidas por un complejo armado de contratos poco o nada transparentes entre particulares, terminara definiendo quién pasa y quién no, qué palabra vale y cuál no, qué representación de los problemas sociales resulta válida para ser puesta en circulación y cuál no.

Por esto entendemos imprescindible:

- Garantizar el pluralismo, la diversidad y el derecho a la información y la comunicación como derecho humano.

- Poner límites a la concentración, los oligopolios y los monopolios porque afectan a la democracia y restringen la libertad de expresión.

- Establecer claramente el rol del Estado como regulador, árbitro y emisor de características públicas y no gubernamentales.

- Proteger las producciones locales y nacionales como única vía de garantizar la multiplicidad de voces.

- Garantizar la existencia de tres franjas de radiodifusores: privados con y sin fines de lucro (entre estos últimos incluidos los comunitarios) y estatales.

- Adoptar los mecanismos para que el acceso a las señales de radiodifusión no sea un derecho meramente declamativo, no sólo por la cantidad de medios que cubran el territorio nacional, sino también por el manejo de exclusividades en derechos de exhibición de contenidos de evidente interés público y repercusión social.

- Prever que las organizaciones sociales así como las provincias y las universidades tengan participación en las instancias de decisión de las autoridades en la materia, así como que los mecanismos de asignación sean transparentes y sujetos al escrutinio público.

Los puntos que se proponen están destinados a que la actividad de los medios electrónicos en la Argentina responda a parámetros de normalidad en el mundo que nos toca y que se compadezca con estándares de libertad de expresión reconocidos en los ámbitos de las organizaciones supranacionales de derechos humanos. No son para nada circunstancias que se puedan entender como limitativas de la libertad de nadie, en tanto nadie suponga que en nombre de su propia libertad tenga posibilidad de impedir que otros se integren al ejercicio de la que disfruta.

De lo que se trata, en palabras cortas, es de hacer llegar la democracia hasta el territorio de la comunicación y redistribuir el derecho a la palabra comunitaria (capital tan importante como cualquier otro), asignaturas ambas pendientes cuando menos desde 1983.

Restituir el espacio mediático a su auténtica condición de espacio público supone un acto del más estricto credo liberal, comparable al establecimiento de la libertad de cultos religiosos, radicalmente acorde a la defensa básica de la libertad de expresión y de la expansión de los derechos humanos de nuestro tiempo. Es tanta la fuerza inercial del actual modelo corporativo (que, dicho con rigor y pese a sus declamaciones, es profundamente antiliberal) que intentar esta restitución promete convertirse en una auténtica gesta emancipatoria que requerirá de todos los apoyos que puedan ofrecerse. La verdadera libertad de prensa es el progresivo objetivo a lograr con una nueva legislación sobre comunicación social y sobre participación y derechos ciudadanos, frente a la falacia de la “libertad de prensa” reducida al juego de los grandes capitales e intereses políticos mediáticos.

Dirán algunos, y con razón, que este mismo gobierno (o su predecesor inmediato) es el mismo que durante cinco años ha autorizado y favorecido el aumento de la concentración (por ejemplo, la autorización de la operación conjunta de Cablevisión y Multicanal y su posterior solicitud de fusión) o ha concedido inconcebibles y graciosas suspensiones de cómputo de diez años en los plazos de licencias a los titulares de concesiones televisivas, radiales y de cable, violentando la ley, la sensatez, la lógica del calendario y el criterio democrático; ha ignorado la justa petición de cumplimiento de 21 puntos a favor de la democracia comunicacional, suscripta por un centenar de organizaciones profesionales y de derechos humanos, y ha ofrecido una y otra vez la vista gorda a cambio de apoyos tácticos. Todo ello es cierto. Pero cabe ahora abrir un cuidadoso crédito a la esperanza, y de pleno apoyo. El gobierno nacional se ha comprometido públicamente a dar un decisivo paso adelante en esta materia. Nada garantiza que cinco minutos antes de la hora no opte por una legislación lavada, que deje sustancialmente las cosas como están, con algunos retoques técnicos. Pero lo cierto es que nunca como en la actual coyuntura el problema comunicacional se ha debatido tanto, y tan coincidentemente en apoyo de una nueva legislación democratizadora: en el propio gobierno, en poderes provinciales y municipales, en foros, universidades, sindicatos, movimientos sociales, agrupaciones políticas, mundos académicos, espacios artísticos y literarios, organizaciones no gubernamentales, grupos feministas, experiencias comunitarias y en el propio sector de los periodistas y trabajadores de la información. Con ese respaldo de conciencia política se cuenta. Existen circunstancias en la vida de una nación en que los dirigentes comprenden la pequeñez del puro cortoplacismo. Ojalá ésta sea una de ellas. Cultural y políticamente la sociedad se merece otra lógica, otra libertad y otras voces que se sumen al diálogo cotidiano sobre qué país se quiere y se enuncia. Es una época la que está a la espera de los actores que la merezcan.

Fuente: [color=336600]Página 12 – 04.06.2008[/color]

Adjunto

INICIATIVA CIUDADANA POR UNA LEY DE RADIODIFUSIÓN PARA LA DEMOCRACIA
21 puntos básicos por el Derecho a la Comunicación

1.- Toda persona tiene derecho a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura previa, a través de la radio y la televisión, en el marco del respeto al Estado de derecho democrático y los derechos humanos.

2.- La radiodifusión es una forma de ejercicio del derecho a la información y la cultura y no un simple negocio comercial. La radiodifusión es un servicio de carácter esencial para el desarrollo social, cultural y educativo de la población, por el que se ejerce el derecho a la información.

3.- Se garantizará la independencia de los medios de comunicación. La ley deberá impedir cualquier forma de presión, ventajas o castigos a los comunicadores o empresas o instituciones prestadoras en función de sus opiniones, línea informativa o editorial, en el marco del respeto al estado de derecho democrático y los derechos humanos. También estará prohibida por ley la asignación arbitraria o discriminatoria de publicidad oficial, créditos oficiales o prebendas.

4.- Las frecuencias radioeléctricas no deben transferirse, venderse ni subastarse. Nadie debe apropiarse de las frecuencias. Las frecuencias radioeléctricas pertenecen a la comunidad, son patrimonio común de la humanidad, y están sujetas por su naturaleza y principios a legislaciones nacionales así como a tratados internacionales. Deben ser administradas por el Estado con criterios democráticos y adjudicadas por períodos de tiempo determinado a quienes ofrezcan prestar un mejor servicio. La renovación de las licencias estará sujeta a audiencia pública vinculante.

5.- La promoción de la diversidad y el pluralismo debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión. El Estado tiene el derecho y el deber de ejercer su rol soberano que garanticen la diversisdad cultural y pluralismo comunicacional. Eso implica igualdad de género e igualdad de oportunidades para el acceso y participación de todos los sectores de la sociedad a la titularidad y gestión de los servicios de radiodifusión.

6.- Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. Deben adoptarse políticas efectivas para evitar la concentración de la propiedad de los medios de comunicación. La propiedad y control de los servicios de radiodifusión deben estar sujetos a normas antimonopólicas por cuanto los monopolios y oligopolios conspiran contra la democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la cultura y a la información de los ciudadanos.

7.- El público tendrá derecho a acceder a una información plural, así como a la diversidad cultural. Para ello se deberá garantizar la indemnidad intelectual y estética de los trabajadores de la comunicación y de todos aquellos que participan en la producción de bienes culturales.

8.- En los casos de una integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social, se deberán establecer regulaciones que promuevan el pluralismo, respeten las incumbencias profesionales y derechos intelectuales de los artistas y demás trabajadores de la comunicación y el espectáculo.

9.- Deberá mantenerse un registro público y abierto de licencias. El registro deberá contener los datos que identifiquen fehacientemente a los titulares de cada licencia, y los integrantes de sus órganos de administración además de las condiciones bajo las cuales fue asignada la frecuencia. Las localizaciones radioeléctricas no previstas en los planes técnicos deberán ser puestas en disponibilidad a pedido de parte con la sola demostración de su viabilidad técnica.

10.- No podrán ser titulares de licencias de servicios de radiodifusión ni integrantes de sus órganos directivos, quienes ocupen cargos electivos oficiales nacionales, provinciales o municipales, funcionarios públicos de los distintos poderes, miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, como así tampoco aquellos que hayan tenido participación comprometida con violaciones a los derechos humanos.

11.- Existen tres tipos de prestadores de servicios de radiodifusión: públicos, comerciales y comunitarios de organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro. Quedará prohibido todo tipo de discriminación o cercenamiento a causa de la naturaleza jurídica de la organización propietaria, en cuanto a potencia, cantidad de frecuencias disponibles o limitaciones a los contenidos. Todos los servicios de radiodifusión podrán contratar publicidad en igualdad de condiciones, ya que así se respetan los derechos humanos económicos, sociales y culturales.

12.- Los medios estatales deberán ser públicos y no gubernamentales. Deberán proveer una amplia variedad de programación informativa, educativa, cultural, de ficción y de entretenimiento garantizando la participación ciudadana y la atención a las necesidades de la población. En todas las regiones del país se destinará una frecuencia a la recepción gratuita del canal de TV pública nacional y de Radio Nacional; y de igual forma se reservará al menos una frecuencia para una radio y una emisora de TV provincial y una emisora de FM municipal . Los servicios de la radiodifusión universitaria constituyen un sistema público de gestión autónoma y se reservará no menos de una frecuencia de radiodifusión a cada una de las Universidades públicas nacionales.

13.- Los planes técnicos deberán reservar al menos el 33% de frecuencias, en todas las bandas, para entidades sin fines de lucro. En estos casos tendrá que prevalecer como criterio de asignación de frecuencias el plan de servicios y la inserción de las entidades en su comunidad.

14.- La ley establecerá cuotas que garanticen la difusión sonora y audiovisual de contenidos de producción local, nacional y propia. Esto implica producción realizada por actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos argentinos, y reglamentará la obligación de inversión en producción propia y en la compra de derecho de antena de películas nacionales.

15.- La explotación de los servicios de radiodifusión es indelegable y debe ser prestada por el propio titular de la licencia.

16.- Las repetidoras y cadenas deben ser una excepción a la regla de modo tal de priorizar el pluralismo y la producción propia y local, salvo para las emisoras estatales de servicio público o la emisión de acontecimientos de carácter excepcional.

17. La publicidad sonora y audiovisual será de total producción nacional y deberá siempre diferenciarse de los contenidos de la programación, no estará incluida en esta, se difundirá en tandas claramente identificadas al inicio y al final por la señal distintiva del medio y no inducirá a estafas y engaños a la comunidad.

18. Los sistemas de distribución de señales deberán incluir en su grilla de canales las emisoras de TV de aire de la localidad, el canal público nacional y un canal con producción informativa local y propia.

19. La autoridad de aplicación deberá respetar en su constitución el sistema federal y estará integrada además por organizaciones de la sociedad civil no licenciatarias y por representantes de las entidades representativas de los trabajadores de los medios y de las artes audiovisuales.

20.- Se creará la figura de la "Defensoría del público", con delegaciones en las provincias, que recibirá y canalizará las inquietudes de los habitantes de la Nación. Deberá incluirse un capítulo que garantice los derechos del público. Estos podrán ser ejercidos directamente por los habitantes de la Nación o a través de la defensoría del público.

21. En la nueva ley se deberá contemplar la normalización de los servicios de radiodifusión atendiendo a las necesidades de aquellos impedidos de acceder a una licencia por las exclusiones históricas de la ley 22.285 y la administración arbitraria de las frecuencias por parte del Estado nacional.

Fuente: [color=336600]http://www.coalicion.org.ar/[/b][/color]

Compartir en