Documento de Trabajo Nº 43

CEFID-AR

 

La política en relación al capital extranjero está decisivamente condicionada por el régimen de acumulación dentro del cual la misma es implementada. Es en realidad un elemento central de ese régimen.

Ese régimen no es independiente del dominante en cada fase de la economía mundial, es decir, del conjunto de relaciones políticas, económicas e institucionales en que se asienta el orden internacional implementado por la potencia hegemónica y que se traduce en una cierta división internacional del trabajo y características específicas de los flujos internacionales de capital en cuanto a sus modalidades y orientación sectorial.

Ese régimen condiciona las posibilidades de inserción en la economía mundial de las distintas fracciones nacionales del capital e incide, en virtud de ello, sobre la relación de fuerzas entre esas fracciones. Pero, en cada país, es la relación de fuerzas entre el conjunto de las clases sociales, ella misma resultado, en buena medida, de las características revestidas por el anterior proceso de acumulación y las luchas políticas y sociales desarrolladas en su seno, la que determina en definitiva el régimen de acumulación dominante en el mismo, el rol asignado en éste al capital extranjero y las modalidades que asume su regulación. Esto explica que en el marco de un mismo régimen internacional de acumulación las regulaciones al capital extranjero presenten acentuadas diferencias.

 

Documento de Trabajo Nº 43 - Mayo de 2012

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