Corrupción y responsabilidad penal de las transnacionales

Queda en claro que la corrupción, tanto en el ámbito privado cuanto en el público, tiene un denominador común: la presencia de una ruptura en un determinado orden, un elemento distorsionante de lo ya instituido. Pero a los efectos de este trabajo, es sólo la esfera pública la que interesa; por ello cualquier ensayo de clasificación que se intente debe partir de esta premisa; va de suyo que su presencia en los conflictos personales pertenece también al tejido social pero no juega un rol hegemónico en los cambios o transformaciones.

Por cierto que no hay acuerdo sobre el contenido de la esfera pública; para nosotros  se integra no sólo con las relaciones institucionales vinculadas con el estado sino también con las económico-sociales que, en una primera visualización, aparecen independizadas del estado, pero que, directa o indirectamente o, en forma elíptica, se hallan sometidas a su control. Esta escisión en dos grandes regiones coincide, por lo demás, con la construcción del ordenamiento jurídico, especialmente en materia penal, lo cual aconseja, obviamente, arrancar de esta plataforma. Por consiguiente, en una enumeración que no es exhaustiva, el autor aborda en primer lugar, el fenómeno de la corrupción en los delitos contra la administración pública (esfera estatal) y, en segundo lugar, en los que pertenecen a la esfera de la denominada sociedad civil.

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